1.- D. Javier posee 2000 acciones de 30 euros de nominal de una empresa que cotiza en bolsa y por las que ha percibido en el ejercicio un dividendo de 0,5 euros por acción el día 1 de julio. De dichas acciones, 1500 fueron adquiridas el día 5 de enero y el resto, 500 acciones, fueron adquiridas el día 25 de junio. El día 1 de agosto vende 150 acciones. ¿Cuál será el rendimiento del capital mobiliario a integrar en la base imponible del ahorro de D. Javier?
1.000,00 euros.
75,00 euros.
250,00 euros.
No habrá que integrar rendimiento alguno al aplicarse la exención de 1.500,00 euros.
La respuesta correcta es la a.
El rendimiento a integrar en la base imponible del ahorro del contribuyente será el correspondiente al dividendo percibido por 150 acciones, respecto de las cuales no es de aplicación la exención de 1.500,00 euros, desde enero de 2015 al haberse eliminado esta exención.
2.- En septiembre de 2001 un contribuyente adquirió 500 acciones de una sociedad que cotiza en Bolsa a 8 euros/acción. En abril de 2003 vendió 300 de dichas acciones. En noviembre de 2007 volvió a comprar 250 acciones de la misma sociedad a 9,5 euros/acción. En marzo de este año vendió 300 acciones a 12 euros/acción. ¿Cuál será la ganancia patrimonial a integrar en su base imponible del ahorro?
950,00 euros.
825,00 euros.
1.050,00 euros.
Ninguna es correcta.
La respuesta correcta es la c.
Valor de transmisión: 300 acciones x 12 euros/acción = 3.600,00 euros.
Valor de adquisición (FIFO): (200 acciones x 8 euros/acción) + (100 acciones x 9,5 euros/acción) = 2.550,00 euros.
Ganancia patrimonial: 3.600,00 – 2.550,00
3.- Los rendimientos dinerarios o en especie procedentes de operaciones de capitalización y de contratos de seguro de vida o invalidez tributan en el IRPF:
Cuando se perciba en forma de un capital diferido, como rendimiento de capital mobiliario por el importe del capital percibido
Cuando se perciba en forma de un capital diferido, el rendimiento se calculará por diferencia entre el capital y las primas satisfechas.
Ninguna es correcta
Cuando se perciba en forma de renta aplicando un porcentaje en función de la edad del perceptor a cada anualidad.
La respuesta correcta es la b.
Cuando se percibe un capital diferido el rendimiento se calculará por diferencia entre el capital y las primas satisfechas; el porcentaje a aplicar a cada anualidad, en función de la edad del perceptor sólo rige para las rentas vitalicias
4.- La renta derivada de la venta bono tiene la siguiente calificación fiscal y régimen de integración en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF):
Ganancia o pérdida patrimonial y se integra en la base imponible general
Rendimiento de capital mobiliario y se integra en la base imponible del ahorro.
Rendimiento del capital mobiliario y se integra en la base imponible general.
Ganancia o pérdida patrimonial y se integra en la base imponible del ahorro.
La respuesta correcta es la b.
En todo caso, los activos financieros generan siempre Rendimientos del Capital Mobiliario, positivos o negativos, y se integran en la base imponible del ahorro.
5.- Constituye rendimiento de capital mobiliario en el IRPF:
La renta obtenida por el alquiler de una finca rústica.
El producto de la venta de derechos de suscripción en mercados organizados.
El producto de la venta de acciones.
El pago de intereses por una imposición a plazo fijo.
La respuesta correcta es la d.
Tanto la venta de derechos de suscripción, como la venta de las acciones son ganancias patrimoniales. La renta obtenida por el alquiler de finca rústica es rendimiento del capital mobiliario.
6.- Si un contribuyente vende acciones adquiridas en diferentes momentos, el criterio a utilizar para calcular la ganancia o pérdida patrimonial será:
Las que se hayan vendido.
FIFO
LIFO
PMP
La respuesta correcta es la b.
En el caso de transmitir acciones, cuando estas fueran adquiridas en distintas fechas, se aplicará siempre el método FIFO. Esto es, se transmiten siempre en primer lugar las más antiguas.
Esta norma se aplica a todo el conjunto de acciones homogéneas propiedad del declarante, independientemente de que estén depositadas en distintas cuentas de valores.
7.- Los dividendos procedentes de instituciones de inversión colectiva (fondos de inversión), tienen el siguiente tratamiento tributario:
Generan rendimientos del capital mobiliario, pero sí tienen derecho los perceptores a disfrutar de la exención de 1.500 euros siempre y cuando se hayan adquirido valores homogéneos dentro de los dos meses anteriores al pago de dicho dividendo y, que simultáneamente se transmitan dentro de los dos meses siguientes al abono de dividendos.
Generan rendimientos del capital mobiliario.
Generan rendimientos de capital mobiliario pero sí tienen derecho los perceptores a disfrutar de la exención de 1.500 euros
Generan ganancia o pérdida patrimonial, pero no tienen derecho los perceptores a disfrutar de la exención de 1.500 euros
La respuesta correcta es la b.
A partir de 2.015, ningún dividendo genera el derecho a la exención por importe de 1.500 euros. La calificación de la renta es rendimiento del capital mobiliario. Se encuentra en Fiscalidad de Operaciones Financieras, apartado Instituciones de Inversión Colectiva y en el módulo Marco Tributario IRPF, apartado rendimientos del capital mobiliario.
8.- ¿Puede un jubilado seguir realizando aportaciones a un plan de pensión?
No, una vez jubilado no puede seguir haciendo aportaciones.
Sí, aunque dichas aportaciones no podrán superar los 8.000 € anuales.
Sí, pero solo pueden destinarse a cubrir contingencias distintas a dicha jubilación.
Si, puede seguir realizado aportaciones. Dichas aportaciones cubrirán la contingencia de jubilación siempre y cuando no haya recibido prestaciones de planes de pensiones.
La respuesta correcta es la d.
Desde el 1 de enero de 2.007, las aportaciones que haya realizado una persona jubilada, podrán cubrir la contingencia de jubilación, siempre y cuando no haya recibido prestaciones de planes de pensiones.
9.- En el IRPF, son rentas del ahorro:
La prestaciones percibidas de planes de pensiones
Las retribuciones en especie en cualquier caso
El importe obtenido por el arrendamiento de un piso.
Los dividendos
La respuesta correcta es la d.
Las retribuciones en especie, si son rendimientos del trabajo, por ejemplo, no van a la base imponible del ahorro. El arrendamiento de un piso se califica como rendimiento de capital inmobiliario pero no se incluye en la base imponible del ahorro. Las prestaciones de planes de pensiones se califican como trabajo personal en todo caso. Se encuentra en el módulo Marco Tributario IRPF, apartado rendimientos del capital mobiliario y en el módulo de Fiscalidad de Operaciones Financieras, activos de renta variable – acciones.
10.- Las ganancias derivadas de la transmisión de acciones o participaciones en Instituciones de Inversión Colectiva:
Tienen la consideración de rendimiento del capital mobiliario a integrar en la base imponible del ahorro.
No están sujetas a retención.
Están sujetas a retención del 19%.
No se integran en la base imponible si en el plazo de dos meses antes o después de la transmisión se adquieren títulos homogéneos.
La respuesta correcta es la c.
Las ganancias derivadas de la transmisión de acciones o participaciones en IIC están sujetas a retención del 19%. A las ganancias no se le aplica la norma de los dos meses, solo se aplica a las pérdidas y a los rendimientos del capital mobiliario negativos.